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Elecciones generales de 23 de julio de 2023

El 23 de julio próximo se llevarán a cabo las elecciones a Cortes Generales, en las cuales tendrán la oportunidad de participar un total de 37.466.432 votantes. El propósito de esta guía es proporcionar respuestas claras a las preguntas más comunes que surgen entre los ciudadanos.

¿Cuál es la función de las Cortes Generales y cuál es su periodo de elección?

De acuerdo con la Constitución, la soberanía nacional reside en el pueblo español, y los poderes del Estado (Legislativo, Ejecutivo y Judicial) emanan de él. Las Cortes Generales, conformadas por el Congreso de los Diputados y el Senado, desempeñan el papel legislativo.

Las elecciones a las Cortes Generales se llevan a cabo cada cuatro años, a menos que el presidente del Gobierno decida su disolución anticipada.

¿Cuántos diputados y senadores hay y cómo se votan?

El Congreso está compuesto por 350 diputados. Cada provincia tiene un mínimo inicial de dos diputados, mientras que Ceuta y Melilla eligen un diputado cada una. Los 248 diputados restantes se distribuyen entre las provincias en proporción a su población. Todos los diputados son elegidos mediante sufragio universal, libre, igual, directo y secreto.

Los partidos políticos presentan listas cerradas y bloqueadas de candidatos. Durante las elecciones, los electores no pueden seleccionar candidatos individuales ni alterar el orden de las listas. En su lugar, eligen la papeleta del partido deseado y la introducen en el sobre correspondiente.

El número de senadores no es fijo y asciende a 208. De ellos, 208 son elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto de la siguiente manera:

  • Cada provincia peninsular elige cuatro senadores.
  • Gran Canaria, Tenerife y Mallorca eligen tres senadores cada una.
  • Ceuta y Melilla eligen dos senadores cada una.
  • Ibiza-Formentera, Menorca, Fuerteventura, La Gomera, El Hierro, Lanzarote y La Palma eligen un senador cada una.

Además, hay senadores elegidos por las asambleas legislativas de las comunidades autónomas: uno por cada comunidad autónoma y uno adicional por cada millón de habitantes de su territorio correspondiente.

A diferencia del Congreso, donde se vota por partido mediante listas cerradas, en el Senado se vota por persona. Los electores eligen 3, 2 o 1 candidato de entre los que figuran en la papeleta única que incluye a todos los candidatos de todas las formaciones que se presentan en la circunscripción correspondiente.

Las papeletas para las elecciones al Congreso, de color blanco, y al Senado, de color sepia, son elaboradas por las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, que las distribuyen a los ayuntamientos de toda España.

Es obligatorio que las listas electorales reflejen la paridad de género, es decir, la presencia equilibrada de mujeres y hombres, en todos los comicios celebrados en España.

¿Quién puede votar en las Elecciones Generales?

Todos los ciudadanos españoles mayores de edad que estén registrados en el censo electoral, ya sea residentes en España o en el extranjero, tienen derecho a votar. Además del voto presencial, también se puede ejercer este derecho a través del voto por correo.

Aquellas personas que hayan sido condenadas por sentencia judicial firme a la privación del derecho de sufragio no pueden votar.

En España, el voto no es obligatorio. Nadie puede ser forzado o coaccionado en el ejercicio de su derecho al voto, ni tampoco se le puede exigir que revele su elección.

El Consejo de Ministros extraordinario del 29 de mayo aprobó el real decreto de disolución de las Cortes y de convocatoria de elecciones al Congreso de los Diputados y el Senado, que se celebrarán el domingo 23 de julio. La campaña electoral durará 15 días: comenzará a las 0:00 horas del 7 de julio y terminará a las 24:00 horas del 21 de julio. Las Cámaras resultantes se reunirán, en sesiones constitutivas, el 17 de agosto.

Según el Instituto Nacional de Estadística, en estos comicios podrán votar 37.466.432 electores; 35.141.122 residen en España y 2.325.310, en el extranjero. De los electores residentes en España, 1.639.179 podrán participar por primera vez en unas elecciones generales, por haber cumplido 18 años desde la anterior votación a Cortes, celebrada el 10 de noviembre de 2019.

¿Es obligatorio formar parte de una mesa electoral?

Sí, aquellos que hayan sido designados como presidente, vocales o suplentes y no cumplan con sus funciones podrían enfrentar una pena de prisión de 3 meses a 1 año o una multa de 6 a 24 meses.

Los designados tienen un plazo de siete días, a partir de la notificación, para presentar ante la Junta Electoral de Zona correspondiente una causa justificada y documentada que les impida aceptar el cargo. La Junta Electoral de Zona evaluará y aceptará o rechazará las alegaciones en cada caso. La Junta Electoral Central ha establecido las causas personales, familiares y profesionales que pueden alegarse para no formar parte de las Mesas electorales.

Además, en el caso específico de estas elecciones, se ha acordado que, considerando que el 23 de julio coincide con el período de vacaciones de verano, las Juntas Electorales de Zona deberán evaluar “la viabilidad de la excusa basada en que el día de las elecciones coincide con un viaje o estancia vacacional previamente contratados, y cuya cancelación cause perjuicio económico o trastorno grave al solicitante”. El interesado deberá presentar pruebas documentales de la contratación anticipada, así como del perjuicio económico o trastorno grave alegados.

¿Puedo salir del trabajo para votar?

Las personas que estén trabajando el domingo 23 de julio tienen el derecho de ausentarse para poder acudir a votar.

Tanto la Administración del Estado como las administraciones autonómicas tomarán las medidas necesarias para que el personal empleado por cuenta ajena y aquellos que estén prestando servicios el día de las elecciones puedan disponer de hasta 4 horas libres (remuneradas) dentro de su horario laboral para ejercer su derecho al voto. En el caso de trabajos con jornada reducida, se aplicará una reducción proporcional en el permiso correspondiente.

¿Cuándo un voto es válido y cuándo es nulo?

Se considera un voto válido aquel que se deposita en la urna cumpliendo con los requisitos legales. Este voto puede ser a favor de una candidatura específica o en blanco. Se considera voto en blanco aquel cuyo sobre no contiene una papeleta, o aquellas papeletas en las que no se haya marcado ningún candidato o candidata en el caso de las elecciones al Senado.

Por otro lado, se consideran votos nulos:

  • Los votos emitidos en sobres o papeletas que difieren del modelo oficial.
  • Las papeletas sin sobre.
  • Los sobres que contienen más de una papeleta de diferentes candidaturas (si se incluyen varias papeletas de la misma candidatura, se cuenta como un solo voto válido).
  • Los votos emitidos en sobres que han sido alterados.
  • Las papeletas en las que se haya modificado, añadido o tachado el nombre de los candidatos o candidatas, alterado su orden de colocación, o en las que se haya introducido cualquier leyenda o expresión.
  • En el caso de las elecciones al Senado, las papeletas en las que se hayan marcado más de tres candidatos o candidatas, más de dos en el caso de Gran Canaria, Tenerife, Mallorca, Ceuta y Melilla, o más de uno en el caso de Menorca, Ibiza-Formentera, Fuerteventura, La Gomera, El Hierro, Lanzarote y La Palma.

Partidos y candidatos de las Elecciones Generales 2023 (Parlamento)

  • PSOE / Candidato: Pedro Sánchez (número 1 por Madrid)
  • PP / Candidato: Alberto Núñez Feijóo (número 1 por Madrid)
  • Vox / Candidato: Santiago Abascal (número 1 por Madrid)
  • Sumar / Candidata: Yolanda Díaz (número 1 por Madrid)
  • ERC / Candidato: Gabriel Rufián (número 1 por Barcelona)
  • Junts / Candidata: Míriam Nogueras (número 1 por Barcelona)
  • PDeCat (Espai Ciu) / Roger Montañola (número 1 por Barcelona
  • PNV / Candidatos: Aitor Esteban (Vizcaya), Maribel Vaquero (Guipúzcoa) y Mikel Legarda (Álava)
  • EH Bildu / Candidatos: Mertxe Aizpurua (Guipúzcoa), Oskar Matute (Vizcaya) e Iñaki Ruiz de Pinedo (Álava)
  • BNG / Candidato: Néstor Rego (A Coruña)
  • CUP / Candidatos: Albert Botran (Barcelona) y Mireia Vehí (Girona)
  • Coalición Canaria / Candidatos: Cristina Valido (Santa Cruz de Tenerife)
  • Nueva Canarias / Candidato: Luis Campos (Las Palmas)
  • Coalición Existe / Candidatos: Diego Loras (Teruel), Fernando Lozano (Huesca) y Francisco Javier Juárez (Zaragoza)
  • Soria ¡YA! / Candidato: José Ángel Ceña (Soria).


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