Las empresas que las realicen podrán ser sancionadas en virtud de la Ley General de Telecomunicaciones.
A partir del 29 de junio, las empresas que venden productos y servicios tendrán prohibido realizar llamadas comerciales no solicitadas, conocidas comúnmente como llamadas “spam”, a los usuarios sin su consentimiento expreso previo.
Estas empresas podrían enfrentar sanciones de acuerdo con la Ley General de Telecomunicaciones, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 29 de junio de 2022. Esta ley incluía un artículo que establecía dicha prohibición. La normativa otorgaba un período de un año para la implementación del derecho de los usuarios finales a no recibir llamadas no deseadas con fines comerciales, tal como se establece en el artículo 66 de la mencionada ley.
Esta legislación se aplicará cuando se realicen llamadas a usuarios con números telefónicos fijos o móviles asignados en España, según fuentes de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones citadas por la agencia EFE.
En caso de que una empresa realice “spam” sin consentimiento, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) podrá iniciar un proceso sancionador contra la empresa, sin importar su ubicación.
Si una empresa vende productos y servicios en España y realiza llamadas desde un centro de llamadas ubicado fuera del país, la AEPD también podrá tomar medidas contra dicha empresa. En concreto, la ley establece que los usuarios tienen el derecho “a no recibir llamadas no deseadas con fines comerciales, a menos que el propio usuario haya dado su consentimiento previo para recibir este tipo de comunicaciones comerciales, o a menos que la comunicación se base en otra legitimación contemplada en el artículo 6.1 del Reglamento (UE) 2016/679 de protección de datos personales”.
Existen excepciones a esta norma, como cuando la llamada sea necesaria para proteger intereses vitales o para cumplir una misión de interés público, entre otros casos.
La ley aprobada en el Congreso
Durante el proceso de elaboración de la ley, se incluyó el derecho a no recibir llamadas comerciales no deseadas mediante una enmienda acordada entre el PSOE, Unidas Podemos y ERC en el Congreso.
Inicialmente, el proyecto de ley presentado por el Gobierno ante las Cortes reconocía el derecho a oponerse a este tipo de llamadas y a recibir información al respecto, lo cual ya era posible a través de la lista Robinson, donde los usuarios pueden registrarse para evitar estas comunicaciones de empresas sin su consentimiento. Esta ley regula el ámbito de las redes y servicios de comunicaciones electrónicas y transpone las directivas europeas correspondientes al ordenamiento jurídico español.
Entre sus objetivos, esta ley fortalece y salvaguarda los derechos de los usuarios.
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