11 noviembre 2020
El paquete de reformas aprobadas por el Consejo de Ministros pretende ir hacia un nuevo modelo de ciudad y convivencia urbana en la que los vehículos pierden protagonismo.
De esta manera, el gobierno español quiere prohibir la circulación de patinetes para zonas peatonales, castigará más el uso del teléfono móvil en la conducción y limitará la velocidad máxima en las ciudades.
El anteproyecto de reforma de la ley de circulación prevé sacar más puntos por el uso del teléfono móvil con la mano mientras se conduce. Se pasará de los tres actuales al doble, seis.
Según el ministro del Interior, Fernando Grande Marlaska, “desde 2016 las distracciones son la primera causa de accidentes mortales. Además, cuando se puso en marcha el permiso por puntos no existían aplicaciones de mensajería tipo whatsapp”.
Los detalles de las medidas, que se incluyen en la reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, del Reglamento General de Vehículos y del Reglamento General de Conductores, son las siguientes:
Carnet por puntos
Suben de 3 a 6 los puntos que se pierden por conducir con el móvil cogido con la mano y se mantiene la multa de 200 euros.
Suben de 3 a 4 los puntos que se restan por no usar el cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección. También se sancionará si se llevan mal puestos.
Pérdida de 3 puntos y multa de 500 euros por llevar mecanismos de detección de radares en el vehículo.
Los turismos y motocicletas no podrán pasar de los 20 km / h en carreteras convencionales cuando avancen otros vehículos.
Utilizar dispositivos de comunicación no autorizados en exámenes de conducir se sancionará con 500 euros y seis meses sin poder presentarse de nuevo.
Las empresas de transporte podrán acceder al registro de conductores para saber si los trabajadores tienen el permiso de conducir vigente.
Se podrán recuperar 2 puntos del carné si se hacen cursos de conducción segura.
El plazo para recuperar el saldo inicial de puntos será de dos años.
Movilidad urbana
En las vías de un único carril por sentido de circulación no se podrá pasar de una velocidad de 30 km / h.
El límite será de 20 km / h en las vías donde la calzada y la acera están al mismo nivel.
En las de dos o más carriles por sentido de circulación, el límite será de 50 km / h.
Vehículos de movilidad personal (Patinetes eléctricos)
Los vehículos eléctricos tipo patinetes o sabway no podrán circular por las aceras ni por las zonas peatonales. Tampoco por vías interurbanas, travesías, autopistas y autovías que pasan por poblaciones ni en túneles urbanos. Y no podrán pasar los 25 km / h.
Deberán cumplir las normas de circulación como el resto de vehículos: los conductores podrán ser sometidos a la prueba de la alcoholemia y no podrán utilizar auriculares.
Estos vehículos deberán tener un certificado de circulación.
Estas medidas, que entrarán en vigor el 2 de enero de 2021, no afectan a los vehículos para personas con movilidad reducida como las sillas de ruedas.
Permiso de conducir
Se reduce de 21 a 18 años la edad exigible para conducir camiones.
También se rebaja la edad mínima para conducir autobuses a 18 años, pero sin pasajeros y en un radio máximo de 50 kilómetros.
Estas dos modificaciones se harán por las peticiones del sector de los transportes por carreteras debido a la falta de conductores profesionales y para facilitar la incorporación de jóvenes al mercado de trabajo.
Se establece la posibilidad de que, en determinados casos, se pueda autorizar el acceso a los permisos de conducir de camiones y autobuses a personas con problemas del sistema locomotor, gracias a los avances en prótesis y vehículos.
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